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EL ACUERDO DE ESCAZÚ Y SU IMPORTANCIA PARA PANAMÁ

EL ACUERDO DE ESCAZÚ Y SU IMPORTANCIA PARA PANAMÁ

Por: Raisa Alvarado Frías

Abogada, magister en Derecho Ambiental

El Acuerdo de Escazú es el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe. Este acuerdo es considerado histórico por los gobiernos de estas regiones y para la CEPAL, Comisión Económica para América Latina y el Caribe, a este último le corresponde la Secretaría del acuerdo.

El acuerdo es vinculante para Panamá quien lo adopta mediante la Ley No. 125 de 4 de febrero de 2020, tiene como objetivo garantizar la implementación plena y efectiva en América Latina y el Caribe de los “derechos de acceso a la información ambiental, participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación”, contribuyendo a la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible.

Se considera histórico e innovador porque este es el primer tratado sobre asuntos ambientales de la región y el primero en el mundo que incluye disposiciones sobre los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales y que sirve a su vez para lograr que las decisiones se adopten de manera informada, participativa e inclusiva que exista rendición de cuenta, transparencia y buena gobernanza.

Los principales beneficiarios de este acuerdo son los grupos y comunidades más vulnerables, como los pueblos indígenas o los defensores ambientales; entre los años 2015 al 2017 se conocieron de los asesinatos  de al menos 369 líderes ambientales en América. El 60 % de asesinatos a defensores del medioambiente ocurre en Latinoamérica, de los cuales la gran mayoría de los homicidios se producen en contextos de disputas por los recursos naturales, particularmente el territorio.  El Acuerdo de Escazú proporciona y reconoce derechos a estos grupos vulnerables que son atacados y violentados en su defensa por los derechos humanos en asuntos ambientales.

Este acuerdo que se viene trabajando por los diferentes Estados a nivel regional desde 2015, refuerza 3 derechos elementales; el primero, el acceso a la información que busca asegurar que toda persona tenga acceso a la información de una manera oportuna fácil y sin obstáculos; el segundo, a la participación pública es decir que la ciudadanía participe de forma efectiva y se involucre  en la toma de decisiones y  el tercer derecho es  el acceso a la justicia ambiental, acceder a procedimientos judiciales y administrativos claros, equitativos, oportunos e independientes, que contemplen la reparación y remediación por daño ambiental en caso de afectación de esos derechos por parte del propio Estado o de particulares. ¿Les suena familiar?, por supuesto! porque estos derechos fueron consagrados en la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de 1992,  desde entonces  estos principios inspiran a las naciones a crear normas y políticas que contribuyen a la protección conservación del ambiente y el desarrollo sostenible.

El acuerdo también contempla la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación de los Estados, lo cual podría poner un freno a las divisiones político-territoriales y las confrontaciones ideológicas de los  gobiernos de la región,  este acuerdo propugna por garantizar al  ciudadano el acceso a la información de los gobiernos y de las grandes corporaciones que deben proporcionar con total transparencia la información ambiental la cual debe  abarcar, la información escrita, visual, audio, electrónica o cualquier otro formato incluyendo aquella que esté relacionada con los riesgos ambientales y los posibles impactos adversos asociados que afecten o puedan afectar el medio ambiente y la salud, así como la relacionada con la protección y la gestión ambientales. Garantiza también la participación ciudadana  en las leyes, decretos y megaproyectos que afecten los derechos humanos y los territorios, el acceso a la justicia  ante los delitos de homicidio y femicidio de defensoras de derechos humanos.

Por otro lado y en este mismo contexto vemos que algunos países aún no ratifican este acuerdo, como Chile que no ha ratificado el acuerdo ya que su gobierno liderado por Sebastián Piñera  considera que este tratado pone en riesgo los intereses de sus nacionales,  en otras declaraciones este sostuvo que todo lo que establece el Tratado de Escazú ya está contenido en la legislación nacional de Chile, sin embargo, su subsecretario de medio ambiente explicó que Bolivia u otros Estados podrían usar el Acuerdo de Escazú para demandar a Chile ante La Haya, quienes se encuentran a favor consideran que este acuerdo respeta la soberanía de los Estados y que por lo tanto no tiene fundamento la explicación rendida por este alto funcionario, no obstante, Chile es un país con conflictos ambientales sumamente graves y donde podrían o no estar en juego grandes intereses.

En el panorama nacional, Panamá ratificó el tratado y señaló que con esta ley se garantiza la implementación plena y efectiva de los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales, el acceso a la justicia en asuntos ambientales y la protección de sus defensores. El titular de la cartera de Ambiente, Milciades Concepción, destacó en un comunicado de prensa “que considera el hecho como un logro de su administración y sostuvo que Miambiente cuenta con una herramienta valiosa que permitirá ampliar aún más la participación ciudadana y crear de manera más directa el acceso a la información”, para el país no es este el primer compromiso internacional ratificado  en el cual se han realizado gestiones para combatir desde el cambio climático hasta detener las violaciones a los derechos humanos y colectivos, en la búsqueda de equilibrar el desarrollo con la sostenibilidad del planeta.

Fuentes:

Ley No. 125 de 4 de febrero de 2020

Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de 1992

https://www.cepal.org/es/infografias/principio-10-la-declaracion-rio-medio-ambiente-desarrollo

https://www.miambiente.gob.pa/7656-2/

https://youtu.be/M3_qkBT15ug

https://youtu.be/4xFaf7JLqic

 

 

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